BOLETIN INFORMATIVO ABRIL 2014

LABORAL.- La tarifa plana llega a la Seguridad Social.

TEMA DEL MES.- El informe de los expertos para la Reforma Fiscal.




La influencia de los nuevos tipos de facturación llega a la Seguridad Social en forma de “tarifa plana”. Le invitamos a conocer las condiciones.
            Durante el pasado verano el Consejo de Ministros nombró a nueve “sabios” para elaborar una propuesta de reforma fiscal, cuyo resultado fue entregado el pasado mes de marzo al Ministro de Hacienda. Se lo resumimos en nuestro Tema del Mes.
            En el presente Boletín, dada la extensión del citado informe del comité de sabios, nos vemos obligados a no desarrollar otros temas, al haber considerado de gran importancia los dos que analizamos.


LABORAL.- La tarifa plana llega a la seguridad social.
            El BOE del pasado 1 de marzo del actual, publicó el Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, en cuyo contenido se establece la llamada “tarifa plana”, esto es, que las empresas o autónomos que contraten a un nuevo trabajador indefinido y a tiempo completo sólo pagarán 100 €/mes en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes durante los primeros 24 meses, siempre y cuando la contratación suponga la creación neta de empleo estable, todo ello con independencia del tamaño de la empresa y de la edad del trabajador contratado.

            Reducciones: La indicada cotización por contingencias comunes en los contratos indefinidos se reducirá en los siguientes supuestos:
Se reducirá a 75 €/mes cuando la jornada de trabajo sea equivalente al 75 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo.
Se reducirá a 50 €/mes cuando la jornada de trabajo sea equivalente al 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo.

            Las empresas de menos de 10 trabajadores una vez transcurridos los primeros 24 meses, podrán beneficiarse de 12 meses adicionales de una reducción equivalente al 50 por 100 en la cotización por contingencias comunes que le correspondería.

            Estas medidas serán aplicables a todos los contratos indefinidos formalizados entre el 25 de febrero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014.

            Hay que tener en cuenta que la nueva regulación no afecta a la aportación del trabajador por dichas contingencias ni a la aportación empresarial por las contingencias profesionales, desempleo, FOGASA y formación profesional, respecto de las cuales se continuarán aplicando las reglas ya vigentes de cotización. Tampoco estas medidas suponen ningún cambio en la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de cotización.

            Para poder aplicar esta tarifa plana en la cotización por contingencias comunes, las empresas o autónomos no deberán haber realizado despidos disciplinarios o por causas objetivas, declarados improcedentes, o despidos colectivos en los 6 meses anteriores a la fecha de celebración del contrato. A estos efectos, sólo se tendrán en cuenta las extinciones realizadas a partir del 25 de febrero de 2014.

            También se exige que la empresa esté al día de sus obligaciones con la Seguridad Social y Tributarias, además de no haber sido sancionada por incumplimientos de la legislación social en los últimos 2 años. En particular, no podrán beneficiarse las empresas que hayan sido sancionadas por no dar de alta a trabajadores en la Seguridad Social.

            Por último, las empresas que se acojan a esta tarifa plana deberán mantener el nivel de empleo total y el nivel de empleo indefinido en los 3 años siguientes a la formalización del contrato, debiendo reintegrar en caso contrario, total o parcialmente, la diferencia entre los importes correspondientes a las aportaciones empresariales a la cotización por contingencias comunes que hubieran procedido en caso de no aplicarse la reducción. Concretamente si incumplen el primer año, deberán reintegrar la totalidad de la reducción; si incumplen el segundo año, deberán reintegrar el 50 por 100 de la reducción y, si incumplen el tercer año, deberán reintegrar el 33 por 100 de la reducción.



TEMA DEL MES

 EL INFORME DE LOS EXPERTOS PARA LA REFORMA FISCAL

El análisis elaborado por la comisión de expertos ha sido muy importante para que el Gobierno pueda preparar su proyecto de reforma tributaria. Dado que este informe es bastante extenso, trataremos de exponer las principales novedades fiscales que presenta:


IRPF

-Vivienda habitual: Sin duda, una de las medidas más llamativas es la relacionada con la deducción por vivienda habitual. El informe propone en un plazo razonable finalizar la deducción por adquisición de vivienda habitual.
Los expertos defienden eliminar la deducción por vivienda en el IRPF, actualmente en vigor para quien compró casa antes de 2013. Esta deducción desaparecería paulatinamente en un plazo de entre 5 y 10 años. Además, se podría anticipar la deducción en este plazo aun antes de que se amortice la hipoteca.
Asimismo, el informe defiende que la vivienda habitual dé lugar a una imputación de renta en la base imponible del IRPF, como ocurre ahora con las segundas residencias y sucesivas, lo que, al parecer, no ha sido del agrado del Gobierno.

-Obligación de declarar: En el informe se propone que los contribuyentes mileuristas, es decir, aquellos que ganan menos de 14.000 euros (teniendo en cuenta 14 pagas) no deberían pagar IRPF. Es decir, se establecen unos límites menores para la exigencia de declaración 

-Tramos y tipo impositivo: Se propone una fuerte reducción de tarifas y tipos.
Base general: Tarifa progresiva de cuatro tramos
  • Tipo mínimo en proximidades del 20%  
  • Tipo máximo inferior al 50% y aproximándose a media europea.     
Base del ahorro: tipo único similar al mínimo de la tarifa progresiva.
Es decir, que se establece una rebaja del número de tramos y de los tipos impositivos. Actualmente, la legislación establece siete tramos con gravámenes que van del 24,75% para rentas inferiores a 17.700 euros hasta el 52% para contribuyentes que ganan más de 300.000 euros. La propuesta pasa por fijar solo cuatro tramos que irían del entorno del 20% y, en ningún caso, superaría el 50%.

-Otras medidas:
  • Protección del ahorro de los trabajadores: Planes y cuentas de ahorro a largo plazo.
  • Mejoras en tratamiento de las familias y discapacitados: se propone una mejora de mínimos de exención y deducción en la cuota, como ahora. Por otro lado,  se propone una deducción de los ingresos para gravar solo renta disponible.
  • Protección de los rendimientos reducidos del trabajo. 
  • Régimen de extranjeros residentes no habituales aplicable a quienes sean residentes no habituales por:
  1. Contrato de trabajo 
  2. Actividades económicas sin establecimiento permanente  
  3. Administradores o accionistas significativos de sociedades  
  4. Pensionistas  
  5. Sin límites ni requisitos en la cuantía de las retribuciones  
  6. Siempre que no haya sido residente en España en los cinco años  anteriores  
  7. Aplicable solo por un periodo de diez años  
  8. En el caso de pensiones o haberes pasivos, gravamen como  rendimientos del ahorro  
  9. Régimen de sucesión en  la vivienda habitual como a los residentes

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
-Importante reducción en el tipo general de gravamen en dos etapas:
·         Primera etapa: Tipo general en proximidades del 25%
Unificación con tipo de empresas de reducida dimensión (25%)
Posibilidad de renuncia voluntaria a reducción del tipo para entidades con BIN’s
·         Segunda etapa: tipo general en proximidades del 20% Es decir, se propone que el tipo impositivo baje en un primer momento hasta el 25% para, posteriormente, reducirse en el 20%.
-Otras medidas:
·         No deducción de pérdidas y depreciaciones hasta su efectiva realización
·         No corrección monetaria en ganancias y pérdidas patrimoniales
·         Desaparición del régimen especial de empresas de reducida dimensión
·         Exención por doble imposición de dividendos:
      - Interna: Solo si la participación en el capital de la sociedad pagadora es ≥ 5% .
      - Internacional: Solo si el gravamen en el extranjero es ≥ 10% del beneficio allí obtenido. 

IVA
Nueva aplicación de los tipos impositivos. El informe defiende mantener el tipo general en el 21%, y que todos los bienes y servicios que aplican el 10% pasen al 21%, salvo para turismo, vivienda y transporte de pasajeros. Ello significa que para los alimentos elaborados, que actualmente tributan al 10%, los expertos plantean su subida hasta el 21% "en el medio plazo". Tampoco se alteraría el gravamen de bienes y servicios sometidos al tipo superreducido  del 4%.
Por otra parte, se propone que la aplicación del régimen de IVA de caja solo  pueda efectuarse por un periodo temporal limitado.
                                      
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Una medida estrella: la supresión completa del Impuesto sobre el Patrimonio.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
Se propone una desaparición progresiva de este impuesto, argumentando que este tributo grava la transmisión de un bien que ya lo grava el IVA.

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Se propone una reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para su coordinación autonómica.  La propuesta es que se lleve a cabo una tributación por este impuesto similar en todo el territorio de régimen común:
  • Evitar discriminación de tipos y aplicarlos solo en función del grado de parentesco (Grupos A, B y C)
  • Progresividad a través de un mínimo de exención para todos los Grupos (de libre fijación por las CCAA)
  • Sólo un tipo de gravamen para cada Grupo de parentesco, situado entre el 4% y el 10% (de libre fijación por las CCAA) 
IMPUESTOS ESPECIALES
-IMPUESTO SOBRE EL TABACO:
Revisión de impuesto específico y del valor mínimo para no perder peso sobre precio. Igualar la imposición de todas las labores para evitar trasvases en el consumo.
-IMPUESTO SOBRE EL ALCOHOL:
Incrementar progresivamente la imposición sobre el alcohol hasta la media europea. Posibilidad de establecer un impuesto muy reducido sobre el vino, como en Francia.

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES
- Impuesto sobre Hidrocarburos e Impuesto sobre el Carbón:
Diversificar estos impuestos en un gravamen sobre la energía y otro sobre el dióxido de carbono emitido
Equiparar tipos de gasóleo y gasolina en el periodo adecuado
Supresión de las exenciones que impiden una aplicación más extensa del Impuesto sobre el Carbón
-Impuesto sobre la Electricidad:
Sustituir la base imponible de este tributo por los kilovatios/hora consumidos.
Limitar las exenciones y reducciones.
Integrar en este impuesto el que recae sobre el valor de producción de energía eléctrica. 
- Canon por utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica, se propone suprimir.
- Impuesto sobre residuos nucleares: Se propone integrar el Impuesto sobre producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos con el de almacenamiento de combustible nuclear gastado en un nuevo Impuesto estatal sobre residuos nucleares.
Más adelante, se propone transformar el nuevo impuesto en tasa por el coste de gestión y almacenamiento de los residuos.
- Agua: Unificación de los tributos estatales sobre el agua:
Agrupar en uno solo el canon de regulación, la tarifa de utilización del agua, el canon de utilización de los bienes de dominio público hidráulico y el canon de control de vertidos. 
Establecer las tarifas de modo que se garantice la repercusión de los costes sobre los usuarios.
- Impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero, se propone mantenerlo
- Otros impuestos medioambientales:
Supresión del actual Canon eólico de algunas CCAA.
Supresión del actual impuesto sobre el agua embalsada de algunas CCAA
Posibilidad de sustitución por figuras comunes que respondan auténticamente a finalidades medioambientales
Supresión de impuestos CCAA sobre grandes superficies por atentar a la unidad de mercado
Supresión de impuestos CCAA sobre emisión de dióxido de carbono por imposibilidad de cumplir con sus fines
Sustitución de los actuales cánones sobre vertidos de agua por un único impuesto estatal cedido a las CCAA
Sustitución de los actuales Impuestos sobre depósito e incineración de residuos por un impuesto estatal cedido a las CCAA
Sustitución de los actuales Impuesto sobre emisiones atmosféricas por uno estatal cedido a las CCAA
Mantenimiento como tributo autonómico del Impuestos sobre bolsas de plástico desechables de ciertas CCAA. 

IMPUESTOS A LOS MEDIOS DE TRANSPORTE
-Se propone sustituir el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el de Determinados Medios de Transporte por un nuevo Impuesto sobre el Uso de Vehículos de Tracción Mecánica:
La cuota de este nuevo impuesto dependería de la emisión de dióxido de carbono de cada vehículo. La regulación del nuevo impuesto sería estatal e igual para todos los Municipios y CCAA
El impuesto se gestionaría por los Municipios y en su recaudación participarían las CCAA.
Debería considerarse el establecimiento de tasas por el uso de ciertas infraestructuras de transporte.

IMPUESTOS SOBRE ACTIVIDADES FINANCIERAS Y SEGUROS
-Impuesto sobre depósitos de las entidades de crédito
Supresión definitiva de todos los Impuestos sobre depósitos bancarios. Como alternativa podría mantenerse un único impuesto estatal indelegable sobre depósitos bancarios.
Debería insistirse ante las autoridades europeas sobre la necesidad de una imposición bancaria común en la UE
-Impuesto sobre primas de seguros: se pretende realizar una serie de perfeccionamientos técnicos en su regulación actual.

MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL
Las medidas propuestas de lucha contra el fraude fiscal son:
  • Reducción de los límites de declaración para aumentar el número actual de declarantes, incluso sin cuota.
  • Supresión de los métodos “objetivos” de estimación de rendimientos de actividades económicas, incluidas las agrarias.
  • Reducción del ámbito de aplicación del método de estimación directa simplificada, que debería efectuarse en soportes informáticos  comunicados directamente a la AEAT.   
  • Establecimiento de un sistema integrado de información patrimonial, basado en los registros oficiales ya existentes (Catastro, bancos y cajas, etc.) sobre bienes y en la información sobre valores, depósitos y transacciones, gestionado mediante procedimientos que permitan utilizar de forma masiva y eficiente la información de cada contribuyente. 
A efectos del IVA, las medidas de lucha contra el fraude más significativas son:
  • Supresión del régimen simplificado de estimación del volumen de operaciones, pues se trata de un método “objetivo”  
  • Supresión del recargo de equivalencia, pasando todo el comercio al por menor a tributar directamente por el IVA  
  • Refuerzo de los procedimientos de control cruzado de operaciones, sin limitación alguna  
  • Refuerzo del control de las operaciones intracomunitarias  
  • Petición urgente a la UE para establecer definitivamente el régimen de tributación en destino.
GESTORIA LLEONART SLP

Abril 2014